El 18 de marzo, los legisladores de Costa Rica aprobaron una nueva ley que amplía el derecho de las madres trabajadoras a amamantar o extraer leche durante su jornada laboral. La legislación, conocida como proyecto 24481, fue aprobada por unanimidad por la Tercera Comisión Plenaria del Congreso con el apoyo de los 13 legisladores presentes.
La nueva ley modifica el Código Laboral para exigir a los empleadores que proporcionen al menos 25 minutos cada tres horas de trabajo para que las madres puedan extraerse leche materna. Este tiempo se considera parte de la jornada laboral habitual y no puede ser sustituido por otros beneficios ni acumulado. Se pueden realizar ajustes a este período mediante un certificado médico basado en las necesidades fisiológicas de la trabajadora.
Además, las modificaciones al artículo 95 establecen que el período mínimo para el derecho a la lactancia materna en el lugar de trabajo es el primer año de vida del niño. Este período puede extenderse en incrementos de tres meses si un certificado médico confirma que el niño continúa recibiendo leche materna. Los certificados pueden ser emitidos por profesionales de la salud públicos o privados y son válidos para la alimentación directa, mixta, con leche extraída y de relactación.
La normativa mantiene una hora diaria remunerada para la lactancia materna durante la jornada laboral habitual, pero permite a las madres flexibilidad en el uso de este tiempo: 15 minutos cada dos horas, dos descansos de media hora al día, llegar una hora tarde o marcharse una hora antes. Para las horas extras, se concede un descanso adicional de 15 minutos cada tres horas, además de las disposiciones vigentes.
La iniciativa también aclara que el derecho a la lactancia materna se aplica independientemente de si la madre es menor de edad o adulta, y extiende la protección a las mujeres encarceladas y a las estudiantes madres tanto en instituciones educativas públicas como privadas. Rebeca Artavia, socia de BDS Asesores, afirmó que «la reforma impone obligaciones concretas en materia de infraestructura y gestión del tiempo». Artavia señaló que las empresas deben realizar ajustes preventivos en sus reglamentos internos y condiciones físicas. El incumplimiento podría acarrear sanciones y medidas cautelares para los empleadores.


